El proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral (PCL) es un componente esencial del sistema de seguridad social en Colombia, diseñado para proteger a los trabajadores que, debido a enfermedades o accidentes, no pueden desempeñar sus funciones laborales. A continuación, se presenta un acercamiento preliminar y genérico a este proceso, sus implicaciones y los actores involucrados.
1. Definición y Objetivo de la Calificación de PCL.
La calificación de PCL se refiere al mecanismo que permite determinar el porcentaje de afectación de las capacidades de un individuo, ya sean físicas, mentales o sociales, que son necesarias para realizar un trabajo habitual. Este proceso es crucial no solo para la obtención de pensiones de invalidez o la indemnización por incapacidad parcial permanente, sino también para garantizar que los trabajadores reciban el apoyo necesario durante su recuperación.
2. Marco Normativo y Manual de Calificación.
El proceso de calificación se rige por el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de Capacidad Laboral y Ocupacional, establecido por el Decreto 1507 de 2014, ley 1562 de 2012 y el Decreto 1352 de 2013 compendiado por el Decreto 1072 de 2015, entre otra normatividad. Este manual y reglamentaciones proporcionan directrices claras sobre cómo se debe llevar a cabo la evaluación, asegurando que se sigan criterios estandarizados y objetivos. La normativa establece que para iniciar el proceso de calificación, es necesario contar con un diagnóstico definitivo, lo que implica que el afiliado haya completado o esté en proceso de tratamiento rehabilitador.

3. Proceso de calificación: Pasos y Responsabilidades.
El proceso de calificación de PCL tiene en cuanta, entre otros, varios pasos:
- Diagnóstico médico: Siempre es fundamental contar con los diagnósticos médicos definitivos de las patologías que justifiquen su condición clínica. Estos diagnósticos debes ser emitidos por un profesional de la salud y deben estar respaldados por la historia clínica del paciente.
- Remisión: Se puede acceder a una de las Juntas de Calificación de Invalidez para la evaluación de su capacidad laboral, mediante la remisión emitida por una entidad de seguridad social (EPS, ARL, Fondo de Pensiones Privado o Colpensiones) que hubiere emitido un dictamen en primera oportunidad y que no satisfaga lo que el paciente considera en derecho.
- Calificación realizada en primera instancia por la Junta Regional: La Junta Regional de Calificación de Invalidez es el organismo encargado de realizar la calificación integral. Esta junta está compuesta por profesionales de la salud y expertos en el área, quienes determinarán el porcentaje de pérdida de capacidad laboral del afiliado, a partir de criterios como la minusvalia, discapacidad y deficiencia del paciente.
- Emisión y notificación del dictamen: Una vez realizada la evaluación, la Junta emite un dictamen de pérdida de capacidad laboral. Este documento debe incluir los fundamentos de hecho y de derecho que justifican la decisión.
- Procedencia del recurso de apelación: Si el afiliado no está de acuerdo con la calificación, tiene el derecho de apelar ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, lo que le permite buscar una revisión de su caso. Allí se deberá emitir un Dictamen en segunda instancia que le será notificado en debida forma.
- Juez laboral: Cuando el interesado continúa inconforme con la decisión final de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, puede acudir a la jurisdicción laboral para que un Juez de la República dirima el conflicto de manera definitiva.

4. Implicaciones de la Calificación de PCL.
La calificación de PCL tiene múltiples implicaciones para el afiliado:
- Acceso a pensiones de invalidez: Un porcentaje de incapacidad igual o superior al 50% puede dar derecho a una pensión de invalidez. Esta pensión es vital para el sustento del afiliado y su familia, especialmente si la incapacidad es permanente.
- Acceso a indemnización por incapacidad parcial permanente: Esta prestación económica nace de la pérdida de capacidad laboral u ocupacional de una persona en porcentaje dentro del rango que sea igual o superior al 5% e inferior el 50%.
- Reevaluaciones periódicas: Los afiliados que reciben una pensión de invalidez están sujetos a reevaluaciones cada tres años. Esto significa que su situación puede ser revisada y, si se determina que su capacidad ha mejorado, podrían perder el derecho a la pensión.
- Impacto psicológico y social: La incertidumbre sobre el futuro laboral y la posibilidad de perder ingresos puede generar estrés y ansiedad en los afiliados. Es fundamental que reciban apoyo psicológico y social durante este proceso para ayudarles a enfrentar los desafíos que surgen de su situación.

5. Desafíos en el Proceso de Calificación.
A pesar de la existencia de un marco normativo claro, el proceso de calificación de PCL enfrenta varios desafíos:
- Falta de información: Muchos afiliados no están completamente informados sobre sus derechos y el proceso de calificación, lo que puede llevar a confusiones y retrasos en la obtención de beneficios.
- Ineficiencia de las entidades de seguridad social: Se ha observado que algunas entidades de seguridad social (EPS, ARL, Fondo de Pensiones Privado o Colpensiones) no cumplen adecuadamente con sus responsabilidades en el proceso de calificación, lo que puede resultar en demoras en la remisión y evaluación de los casos.
7. Conclusión.
El proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral es un aspecto crítico del sistema de seguridad social en Colombia, que tiene un impacto significativo en la vida de los trabajadores. Conocer los derechos, la normativa aplicable y los procedimientos adecuados es esencial para que los afiliados puedan acceder a las prestaciones que les corresponden. La asesoría legal y el apoyo psicológico son recursos valiosos que pueden ayudar a los afiliados a navegar este proceso complejo y a enfrentar los desafíos que surgen de su situación. Además, es fundamental que las EPS y otras entidades involucradas en el proceso cumplan con sus responsabilidades para garantizar un sistema justo y eficiente que proteja a los afiliados en momentos de vulnerabilidad.